Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción y edición musical para profesionales.

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CONVOCATORIA 2022 Orden UIC/25/2021

Resolución de 22 de diciembre de 2021 del Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción y edición musical para profesionales.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
Órgano directivo
Direc. General De Cultura Y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Cultura
Becas, ayudas y premios
Número BOC
4 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
07/01/2022
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o personas jurídicas privadas con forma societaria, que tengan su domicilio fiscal en Cantabria, que desarrollen su actividad en Cantabria, especializadas en ediciones de carácter musical cuyo objetivo sea la producción y edición musical, y que estén dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente a estas actividades.

El domicilio fiscal y la actividad subvencionable se debe desarrollar en Cantabria, sin perjuicio de la realización de actividades fuera del territorio de la comunidad Autónoma de Cantabria, cuando se deje constancia en la solicitud y en la justificación la necesidad. Los requisitos exigidos al beneficiario para la obtención de la subvención deberán mantenerse durante el plazo de presentación de solicitudes y hasta el momento de la justificación de la ayuda concedida.

También podrán participar en la convocatoria las agrupaciones de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, públicas o privadas, que, por razón de los fines, objeto o ámbito de la actividad, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención, y que cumplan los requisitos establecidos para esta convocatoria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
04/02/2022
Fecha fin plazo presentación
24/02/2022
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Lugar(es) para presentación presencial

En el Registro de la Consejería competente en materia de Cultura (C/ Lealtad 24, Santander) o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre.

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Anexos

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexos

Resolución de 22 de diciembre de 2021 del Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción y edición musical para profesionales.

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Resolución de 22 de diciembre de 2021 del Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción y edición musical para profesionales.

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General competente en materia de cultura (Servicio de Acción Cultural).
Norma atributiva

- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

- Orden UIC/25/2021, de 26 de mayo (BOC núm. 111, de 10 de junio de 2021), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para la producción y edición musical para profesionales.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
El titular de la Consejería competente en materia de cultura o el Consejo de Gobierno en caso de que al menos una de las subvenciones exceda, individual y unitariamente considerada de sesenta mil (60.000) euros.
Norma atributiva

- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

- Orden UIC/25/2021, de 26 de mayo (BOC núm. 111, de 10 de junio de 2021), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para la producción y edición musical para profesionales.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante titular de la Consejería competente en materia de Cultura o, en su caso, ante el Consejo de Gobierno si este dictó la resolución de concesión, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.

Órgano

Recurso potestativo de reposición: Titular de la Consejería competente en materia de Cultura o, en su caso, ante el Consejo de Gobierno si este dictó la resolución de concesión.
Recurso contencioso-administrativo: Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Plazo
Recurso potestativo de reposición: 1 mes Recurso contencioso- administrativo: 2 meses

Otras convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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