CONVOCATORIA 2021 Orden PRE/32/2019
Orden PRE/29/2021, de 16 de abril, por la que se convocan subvenciones a las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2021, destinadas a financiar sus gastos corrientes.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Direc. General de Administracion Local, Accion Exterior y Casas de Cantabria (DIR3: A06029681)
- Clasificación
- Ayuda/Subvención
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
-
- Número BOC
- 77 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 23/04/2021
- Tipo de destinatario
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Podrán acogerse a estas ayudas las Entidades Locales Menores legalmente constituidas a las que se refiere la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, integradas en municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 26/04/2021
- Fecha fin plazo presentación
- 14/05/2021
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Lugar(es) para presentación presencial
- Las solicitudes se podrán presentar en el Registro Electrónico Común https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm, en el Registro Delegado de la Dirección General de Administración Local (calle Castelar nº5 entresuelo izquierda Santander 39003), o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico de Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y en el Decreto 37/2012, de 13 de julio, por el que se regula el registro, las comunicaciones electrónicas y la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus organismos públicos.
Documentación
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Certificación expedida por el Secretario de la Entidad Local Menor comprensiva de la resolución adoptada por el órgano local competente por la que se dispone solicitar la subvención regulada en la presente Orden, previo cumplimiento de los trámites reglamentarios oportunos.
- Certificación expedida por el Secretario de la Entidad Local Menor del desglose, a nivel de capitulo, del presupuesto de gastos corrientes de la Entidad Local Menor aprobado definitivamente para el ejercicio 2021 o el prorrogado, en su caso.
- Certificados expedidos por los organismos competentes que acrediten que la Entidad Local Menor se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
No será precisa la aportación de los certificados mencionados en el párrafo anterior cuando el solicitante autorice expresamente al órgano gestor a recabar sus datos. En caso de que no conste la autorización de manera expresa la misma se presumirá otorgada, salvo que se manifieste oposición expresa en cuyo caso se deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente.
- Impresos
- Modelo de Solicitud
- Anexos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Será competente para la ordenación e instrucción del procedimiento respecto a las convocatorias que se realicen al amparo de estas bases reguladoras, la persona titular de la Dirección General de Administración Local.
- Órgano que resuelve
- Consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
- Norma atributiva
artículo 9 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Contra la resolución que se adopte podrá interponerse requerimiento previo ante el Gobierno de Cantabria en los términos previstos en el artículo 152 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación.
- Órgano
- el Gobierno de Cantabria
- Plazo
- 2 meses
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden PRE/32/2019, de 16 de mayo de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria, destinadas a financiar sus gastos corrientes.
- Orden PRE/29/2021, de 16 de abril, por la que se convocan subvenciones a las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2021, destinadas a financiar sus gastos corrientes.
- Propuesta de Resolución provisional Orden PRE/29/2021, de 16 de abril, por la que se convocan subvenciones a Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2021, destinadas a financiar sus gastos corrientes.
- Resolución de 23 de noviembre de 2021, por la que se resuelve la concesión de subvenciones destinadas a financiar los gastos corrientes de las Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Resolución por la que se acuerda la publicación de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden PRE/29/2021, de 16 de abril (Boletín Oficial de Cantabria número 77, de 23 de abril de 2021), por la que se convocan subvenciones a Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2021, destinadas a financiar sus gastos corrientes.
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.