CONVOCATORIA 2021 Orden MED/5/2020
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 22 de junio de 2021, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria y otras enfermedades animales con un veterinario de explotación autorizado.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Ganaderia (DIR3: A06027832)
- Clasificación
- Ayuda/Subvención
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
-
- Número BOC
- 125 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 30/06/2021
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas que se convocan los titulares de explotación que hayan realizado la campaña de saneamiento ganadero con un veterinario de explotación autorizado al amparo del capítulo III de la Orden MED/2/2020, de 6 de febrero, por la que se regula la Campaña de Saneamiento Ganadero en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dado el carácter anual e ininterrumpido de la campaña, podrán incluirse en la solicitud las actuaciones llevadas a cabo por el veterinario de explotación desde el 01 de octubre de 2020.
No podrán ser beneficiarios de la subvención correspondiente al artículo 1.2 de la Orden de bases las explotaciones ganaderas que aprovechen pastos comunales si no participan del programa sanitario todos los titulares adjudicatarios del mismo y no están bien definidas las condiciones de bioseguridad del pasto comunal.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 01/07/2021
- Fecha fin plazo presentación
- 30/09/2021
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Solicitud individual de ayuda según modelo anexo I de la Orden de bases.
- Informe del veterinario de explotación de cumplimiento conforme al modelo del anexo II de la Orden de bases para las solicitudes de subvención del programa sanitario voluntario.
- Certificado veterinario que acredite que todos los animales cumplen las exigencias de incorporación/ cuarentena establecidas en el anexo III.
- Resultados analíticos del programa sanitario voluntario en caso de no haber utilizado los servicios del SELYC, según modelo del anexo V de la Orden de bases.
- Acreditación de los gastos mediante facturas o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico-mercantil o con eficacia administrativa.
No será necesaria la presentación de aquellos documentos que ya obren en poder de la Administración, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en el que fueron presentados, y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
La presentación de la solicitud de ayuda llevará implícita la aceptación de las obligaciones y requisitos establecidos en sus bases reguladoras. Asimismo, conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.
- Impresos
- Modelo de Solicitud
- Anexos
- Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 22 de junio de 2021, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria y otras enfermedades animales con un veterinario de explotación autorizado.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Ganadería.
- Órgano que resuelve
- Consejo de Gobierno o Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
- Norma atributiva
Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y orden de convocatoria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Reposición.
- Órgano
- Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente o Consejo de Gobierno en función de quién resuelva.
- Plazo
- 1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio.
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden MED/5/2020, de 5 de marzo, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de Sanidad Animal de erradicación obligatoria y otras enfermedades animales con un veterinario de explotación autorizado.
- Orden MED/14/2020, de 7 de julio, por la que se modifica la Orden MED/5/2020, de 5 de marzo, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria y otras enfermedades animales con un veterinario de explotación autorizado.
Otras convocatorias
Resolución del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 11 de agosto de 2020, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria y otras enfermedades animales con un veterinario de explotación autorizado.
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 18 de marzo de 2022, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación obligatoria con un veterinario de explotación autorizado.
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 7 de marzo de 2023, por la que se convocan las ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas que realicen las pruebas diagnósticas de los programas de sanidad animal de erradicación con un veterinario de explotación autorizado.
RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, DE 30 DE ABRIL DE 2024, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS A LOS TITULARES DE EXPLOTACIONES GANADERAS QUE REALICEN PRUEBAS DIAGNÓSTICAS, VACUNACIONES Y/O MEDIDAS SANITARIAS EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS DE SANIDAD ANIMAL DE PREVENCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN CON UN VETERINARIO HABILITADO.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.