Resolución de la Orden EPS/11/2021 destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales
Resolución de las ayudas previstas en la Orden EPS/11/2021, de 19 de abril de 2021, destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales, para los terceros y acciones subvencionables que a continuación se relacionan con la siguiente desagregación por programas:
I.- Conceder las ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA I de la orden de convocatoria EPS/11/2021, de 19 de abril de 2021:
- La constitución de nuevas cooperativas y sociedades laborales: ANEXO 1A CONSTITUCIÓN.
- La incorporación como socios trabajadores o de trabajo: ANEXO 1A INCORPORACIÓN.
II.- Denegar las ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA I de la orden de convocatoria EPS/11/2021, de 19 de abril de 2021:
- La constitución de nuevas cooperativas y sociedades laborales: ANEXO 1B CONSTITUCIÓN.
III.- Tener por desistidas las ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA I de la orden de convocatoria EPS/11/2021, de 19 de abril de 2021:
- La incorporación como socios trabajadores o de trabajo: ANEXO 1C INCORPORACIÓN.
IV.- Conceder las ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA II de la orden de convocatoria EPS/11/2021, de 19 de abril de 2021.ANEXO 2A.
V.- Denegar las ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA II de la orden de convocatoria EPS/11/2021, de 19 de abril de 2021.ANEXO 2B.
VI.- Tener por desistidas las ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA II de la orden de convocatoria EPS/11/2021, de 19 de abril de 2021.ANEXO 2C.
VII.- Aceptar la renuncia de las siguientes ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA II de la orden de convocatoria EPS/11/2021, de 19 de abril de 2021.ANEXO 2D.
Las subvenciones concedidas en esta Resolución, están sujetas al Régimen de ¿mínimis¿, regulado por los Reglamentos (UE) número 1407/2013 de la Comisión Europea, de 18 de diciembre, número 717/2014 de la Comisión Europea de 27 de junio de 2014 y número 316/2019 de la Comisión Europea, de 21 de febrero de 2019.
Las personas jurídicas beneficiarias de subvenciones o ayudas públicas por importe mínimo de 10.000 euros, tendrán la obligación de comunicar a esta Dirección General, las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección, tales como presidente, secretario general, gerente, tesorero y director técnico, al efecto de hacerlas públicas. El incumplimiento dará lugar a la revocación de las ayudas o subvenciones y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, según lo previsto en el apartado 6 del artículo 28 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública de Cantabria.
Esta Resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de su notificación, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 149 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y del sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Cuando, conforme a la citada Ley, la Resolución deba ser dictada por el Consejo de Gobierno, cabrá interponer contra ésta, potestativamente, recurso de reposición en idéntico plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Identificación
- Tipo
- Notificaciones
- Promotor / Responsable
- Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Materia
- Becas, ayudas y premios
- Publicado el
- 17/11/2021
- Plazo de presentación
- Cerrado
Desde el 18/11/2021 hasta el 17/12/2021
Documentación
- Documento del anuncio
- RESOLUCIÓN_Concesión_ECOSOCIAL2021_(Firmada).pdf
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.