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CONVOCATORIA 2020 Orden MED/44/2016

Resolución del consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 23 de diciembre de 2019, por la que se convocan las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes y la modernización de las explotaciones agrarias en Cantabria en el año 2020.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Becas, ayudas y premios
Número BOC
4 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
08/01/2020
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

INSTALACIÓN DE AGRICULTORES JÓVENES - Artículo 18

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener cumplido los dieciocho años y no haber cumplido cuarenta y un años en el momento de presentación de la solicitud.
  2. No ejercer la actividad agraria, o haberla ejercido dentro de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, considerando que no se ha ejercido si no se ha alcanzado un grado de viabilidad superior al 20 % de la renta de referencia (modalidad A) o al 20 % de la actividad agraria por referencia al valor UTA del anexo VIII. A todos los efectos, como norma general, en caso de haberse ejercido actividad agraria, se tomará como fecha de primera instalación la más antigua de:
    1. La del alta como titular en el Catálogo Regional de Explotaciones Prioritarias.
    2. La fecha de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda en función de su actividad agraria.
    3. La del día siguiente a la consignada en el modelo 036 de declaración de alta en el censo de actividades económicas del Ministerio de Economía y Competitividad.
    4. La de su inscripción en Censos Oficiales de explotación o empresa agraria o Registros de derechos de producción o de ayuda.
    5. La que figure en el documento que acredite fehacientemente la formalización del acuerdo de cotitularidad de una explotación prioritaria.
    6. La que acredite fehacientemente la adquisición de la calidad de socio, en los casos de incorporación a una entidad asociativa titular de una explotación prioritaria.
  3. Presentar un plan empresarial que demuestre que a consecuencia de la concesión de la ayuda obtendrá de su explotación, como consecuencia de la primera instalación, una renta unitaria de trabajo (RUT) procedente de las actividades agrarias igual o superior al 35% de la renta de referencia e inferior al 120% de esta y mayor al IPREM anual.
  4. No poseer en el momento de la presentación de la solicitud, una renta total superior a tres veces el IPREM anual, solo en el caso de ser solicitante de la modalidad B.

MODERNIZACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS MEDIANTE PLANES DE MEJORA - Artículo 22

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas físicas o jurídicas que, en el momento de la presentación de la solicitud, sean titulares de una explotación agraria radicada en Cantabria y cumplan la condición de agricultor activo en los términos del Reglamento (UE) n.º 1307/2013, además de los siguientes requisitos:

  1. Presentar un plan de mejora de la explotación con el contenido mínimo que se detalla en el Anexo III.
  2. Estar de alta en el censo de actividades económicas del Ministerio de Economía y Competitividad (modelo 036 o 037)
  3. Cumplir en su explotación las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, conforme anexo XI Con la solicitud, se exigirá informe favorable de la Oficina Comarcal acreditativo de su cumplimiento.

Los titulares de explotaciones que tengan la condición de personas físicas, deberán cumplir además los siguientes requisitos en el momento de la presentación de la solicitud:

  1. Tener dieciocho años cumplidos y no haber cumplido sesenta y cinco.
  2. Ser agricultor profesional, salvo que se trate de un joven beneficiario de una ayuda de primera instalación que se encuentre en plazo para adquirir dicha condición conforme al artículo 19.2.a) de esta Orden.
  3. Estar de alta en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrarios del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, salvo en aquellos casos debidamente acreditados en los que la Seguridad Social no permita estar afiliados en dicho sistema especial.
  4. Poseer capacitación profesional suficiente, salvo que se trate de un joven beneficiario de una ayuda de primera instalación que se encuentre en plazo para adquirir dicha condición conforme al artículo 19.1.a) de esta Orden.

Los titulares de explotaciones que sean comunidades de bienes o personas jurídicas, deberán cumplir además los siguientes requisitos en el momento de presentación de la solicitud:

  1. Que su objeto social sea exclusivamente el ejercicio de la actividad agraria.
  2. Que al menos el 50% de sus socios cumplan los requisitos especificados en el punto 2.
  3. Que más del 50% de su capital social pertenezca a socios que sean agricultores profesionales.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
09/01/2020
Fecha fin plazo presentación
25/11/2020
Vías de presentación
Telemática

Documentación

Junto con la solicitud de ayuda debidamente cumplimentada, se presentará la siguiente documentación:

  1. Plan empresarial o plan de mejora. Sin embargo, cuando el solicitante no acompañe su solicitud del plan empresarial o plan de mejora, se entenderá que solicita que el mismo sea realizado por los servicios técnicos de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
  2. Documentación de carácter general:
    1. En el caso de inversiones en bienes inmuebles se acompañará la preceptiva licencia de obra en el momento de la solicitud.
    2. Para el caso de que no se precise licencia, se aportará, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, certificación emitida por el secretario municipal, de acuerdo con los criterios de clasificación que se establecen en el artículo 183 de la Ley 2/2001, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria.
    3. Ficha de terceros o certificado de la entidad financiera respecto a datos bancarios
    4. Tres ofertas de diferentes proveedores, en el caso de inversión solicitada superior a 40.000 € en el supuesto de coste de ejecución de obra o de 15.000 € en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios de consultoría.
    5. Tres facturas proformas, con todas las características técnicas debidamente detalladas, para las inversiones no incluidas en anexo V o incluidas sin modular según Anexo V
  3. Documentación para solicitudes de Primera Instalación de Agricultores Jóvenes
    1. Certificado o Diploma acreditativo de la capacitación agraria (si está en posesión del mismo).
    2. Certificado de Alta en Hacienda por la actividad agraria (si está en posesión del mismo).
    3. Inscripción en R.E.A o R.E.G.A. (si está inscrito en el momento de la solicitud).
    4. Informe de Vida Laboral o certificado en el que conste que no figura dado de alta en la Seguridad Social.
    5. Fotocopia de la Declaración de la PAC realizada en los doce meses anteriores a la solicitud (Si se ha realizado).
  4. Documentación para Planes de Mejora
    1. En el caso de personas jurídicas, estatutos de la entidad.
    2. En el caso de personas jurídicas, certificación de la relación de socios o comuneros, indicando su DNI, si son agricultores profesionales y porcentaje de participación en el momento de la presentación de la solicitud, número de planes de mejora anteriores e importe de la inversión aprobada y ejecutada.
    3. Informe de vida laboral. En el caso de personas jurídicas, de aquellos socios o comuneros que tengan la condición de agricultor profesional.
    4. Fotocopia del título que acredite la capacitación agraria, salvo que la acredite mediante informe de vida laboral. En el caso de personas jurídicas, de aquellos socios o comuneros que tengan la condición de agricultor profesional.
    5. Informe de vida laboral de los colaboradores de la explotación (en el caso de que existan)
    6. Informe de situación de empresario correspondiente al año anterior a la solicitud (en caso de asalariados contratados con carácter fijo o temporal).
Impresos
Modelo de Solicitud Primera Instalación.
Modelo de Solicitud Modernización.
Anexos.
Resolución del consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 23 de diciembre de 2019, por la que se convocan las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes y la modernización de las explotaciones agrarias en Cantabria en el año 2020.

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Desarrollo Rural.
Norma atributiva

REGLAMENTO (UE) nº 1305/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y Ley 5/2018, de 22 de noviembre.

Órgano que resuelve
Consejo de Gobierno o Consejero, si en la convocatoria al menos una de las subvenciones excede, individual y unitariamente considerada de 60.000 EUROS o no, respectivamente.
Norma atributiva

Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y Ley 5/2018, de 22 de noviembre.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso administrativo de resolver Consejo de Gobierno o Consejero.
Órgano
El mismo que haya resuelto, Consejero o Consejo Gobierno.
Plazo
1 mes potestativo, 2 contencioso.

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