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MODELO 044, Tasa de Juego - Casinos de Juego

El modelo de autoliquidación 044 es el documento de autoliquidación e ingreso de la Tasa Fiscal sobre el Juego, Liquidación de Casinos de Juego. SE UTILIZARÁ UN IMPRESO DE AUTOLIQUIDACIÓN POR CADA SALA

El modelo 044 CONSTA DE TRES EJEMPLARES (Carta de Pago, Talón de Cargo, Ejemplar para la Administración).

  • La Carta de Pago: corresponde al justificante de que Vd. ha realizado el ingreso y por los conceptos y motivos en el documento señalados, debiendo conservarlo en su poder.

  • El Talón de cargo: cuya custodia y salvaguarda corresponde a la Entidad colaboradora una vez haya recibido el ingreso.

  • Ejemplar para la Administración: el cual deberá presentar en la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

El procedimiento consta de las siguientes fases:

1. Primera fase: Confección del modelo, a través de los siguientes pasos:

Ejercicio Periodo.

Cumplimente, directamente, el ejercicio y, por medio del desplegable, el periodo por el que se está autoliquidando.

Declarante - Sujeto pasivo.

Cumplimente los datos relativos al sujeto pasivo del impuesto. Los señalados con asterisco son obligatorios.

Representante.

Cumplimente los datos relativos al representante del Casino. Los señalados con asterisco son obligatorios.

Datos de la Actividad.

Corresponden con los propios del Casino en que se repercute el importe: nombre, nº de autorización y domicilio.

Liquidación.

Se introduce la base imponible correspondiente al trimestre objeto de declaración. Se calcula automáticamente la cuota a ingresar, en virtud del trimestre, así como el recargo e intereses, si proceden.

Para todas aquellas autoliquidaciones confeccionadas transcurridos más de 20 días naturales (o el inmediato siguiente hábil) desde el último día del trimestre que se está declarando, la liquidación presenta el cálculo del recargo e intereses de demora que procedan. Para el caso en que exista recargo, éste se presentará minorado en el 25% en previsión del cumplimiento de los supuestos establecidos en la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, en su artículo cinco, es decir, siempre que "se realice el ingreso total del importe restante del recargo en el plazo del apartado 2 del artículo 62 de la Ley 58/2003, General Tributaria... siempre que se realice el ingreso total del importe de la deuda resultante de la autoliquidación extemporánea al tiempo de su presentación respectivamente."

Es importante conocer que los cálculos de los recargos e intereses son siempre al día de la fecha de confección del modelo, por lo que los ingresos en días posteriores a éste, devengará otros recargos e intereses así como pueden motivar las actuaciones de aplicación de los tributos por los órganos tributarios correspondientes de la Administración Tributaria del Gobierno de Cantabria.

El sujeto pasivo cuando confecciona el modelo, puede eliminar del mismo, los citados recargos, así como los intereses de demora, si bien la Administración liquidará todos los recargos devengados sin reducción alguna, pudiendo iniciar el correspondiente expediente sancionador.

Caracteres de seguridad.

Introduzca en el campo siguiente los caracteres que aparecen en la imagen de la izquierda. Fíjese de respetar las minúsculas. Si los caracteres no fueran legibles, vuelva a clickar en la opción de siguiente / aceptar y aparecerá una nueva imagen de caracteres.

Pantalla de finalización.

La autoliquidación ha sido confeccionada. Siga las instrucciones de la pantalla

2. Segunda fase:

Finalizado el proceso de confección del documento se recogen los datos relativos al nº de documento, N.I.F. y total a ingresar, pudiendo optar por rellenar nuevamente el modelo o proceder al pago del documento

3. Tercera fase:

Si está de acuerdo con la liquidación y desea proceder al pago de la misma, podrá optar por:

Imprimir los tres ejemplares de la declaración-liquidación del modelo 044WEB en formato PDF, e ir a pagar a cualquiera oficina de las siguientes Entidades Bancarias Colaboradoras, donde la mecanización al realizar el ingreso tendrá efectos liberatorios en relación con el documento por Vd. confeccionado y pagado.

Seleccionar el pago a través de cualquier tarjeta de débito o crédito (excepto American Express y Diners Club) momento en el que aparecerá una pantalla con los datos básicos del documento rellenado, para proceder a su pago, debiendo introducir la información que nuestro sistema le va solicitar en pantalla, sobre la tarjeta que va a utilizar para el pago. La modalidad de pago por tarjeta que le ofrece el TPV virtual del Gobierno de Cantabria, es en modo garantizado (Comercio electrónico seguro), de tal forma que una vez introducido los datos, aparecerá en la pantalla de forma automática, el sistema de autorización del Banco o Caja que le haya facilitado la tarjeta, que procederá a autorizar la operación (con las condiciones pactadas con Vd.), la cual no se llevará a cabo en ningún caso sin la conformidad de su entidad bancaria. Una vez realizado el pago, podrá obtener los PDF correspondientes, donde aparecerá la diligencia de ingreso NRC, que tendrá efectos liberatorios en relación con el documento 044WEB por Vd. confeccionado y pagado mediante tarjeta, así como la diligencia CSV que permite comprobar la integridad del documento obtenido mediante acceso directo y gratuito en la oficina virtual de la ACAT.

Una vez descargado el modelo tributario, deberá imprimirlo en su impresora personal. Tenga en cuenta las siguientes instrucciones para la impresión.